Dile si al cambio y no al continuismo político.

Dile si al cambio y no al continuismo político.

lunes, 15 de marzo de 2010

Penalista Mario Amoretti declara sobre el Caso del Fiscal Guillen



Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=Yde-8KyB9sM&feature=related

Amoretti afrontó acusaciones contra el CNM



Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=kSgtci46KA4&feature=related

Consejero del CNM Efraín Anaya se defiende



Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=Su-O99bPMcA&feature=related

Declaraciones del Consejero Anibal Torres sobre el Caso del Consejero Anaya

Si el Consejero Aníbal Torres también se reunió con el Fiscal denunciante. ¿Por qué no denuncio los hechos de inmediato?




Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=wTsmiNZgAnw&feature=related

Denuncian Mas Irregularidades en el Consejo Nacional de la Magistratura

¿ Porqué recien ahora denuncia y no lo hizo antes, cuando sólo le falta 4 meses para concluir su mandato ?



Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=n4dXFVgq1N4

martes, 9 de marzo de 2010

¿ USTED COLEGA TIENE LA PALABRA ?

LA JUSTICIA EN EL PERU SE DEBE IMPONER ANTE LAS INJUSTICIAS DEL PODER






Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=M9qZ4sRirWY


Facilitador: Grimaldo Saturdino Chong Vásquez M.Sc.


LA CORRUPCION JUDICIAL DEBE ACABAR






Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=oEWbRPo8I7A

Facilitador: Grimaldo Saturdino Chong Vásquez M.Sc.


ESTA CLASE DE CONDUCTAS DEBE DE ACABAR
BASTA DE INFLUENCIAS QUE DAÑAN LA IMAGEN DE LA ABOGACIA








Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=a_dAKTuM8UQ
Facilitador: Abg./Lic. Grimaldo Saturdino Chong Vásquez M.Sc.

viernes, 5 de marzo de 2010

¿Doble personalidad o forma de ser?


Dr. Efraín Anaya Cárdenas exponiendo sobre La Ética en la Administración de Justicia



El 16 de julio de 209 se realizó, en las instalaciones de PETROPERÚ, el seminario "Ética en la Magistratura", organizado por la Comisión de Cultura y Relaciones Internacionales del Consejo Nacional de la Magistratura.

Los temas tratados en el seminario fueron "La ética judicial en el modelo Iberoamericano", "La ética en la administración de justicia", "La ética en la función fiscal y judicial" y "La ética del abogado". El certamen tuvo como objetivo sensibilizar a los magistrados sobre el tema y fortalecer los fundamentos doctrinales y las implicancias prácticas de la ética en el ejercicio de la actividad jurisdiccional.

¿ Que podemos esperar de una persona que predica una cosa y hace otra?

Fuente: http://www.cnm.gob.pe/cnm/index.php?option=com_content&task=view&id=183

jueves, 4 de marzo de 2010

PLAN DE TRABAJO DEL CANDIDATO




CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
ELECCIONES PARA DESIGNAR AL CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA POR LOS MIEMBROS DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DEL PERU




PLAN DE TRABAJO Y PROPUESTA

Abg./Lic. Grimaldo Saturdino Chong Vásquez M,Sc.



CONTENIDO

INTRODUCCIÓN.................................................. Pág. 3

I. ANALISIS SITUACIONAL Pág. 5


II. OBJETIVOS DEL PLAN DE TRABAJO............... Pág. 9


III. PROPUESTAS……………….…............................ Pág. 9


IV. POLÍTICAS INSTITUCIONALES ...... Pág. 11


INTRODUCCION


El Consejo Nacional de la Magistratura, es un organismo autónomo e independiente de los demás órganos institucionales y se encuentra sometido solo a la Constitución y a su Ley Orgánica, cuya función consiste en la selección, nombramiento, ratificación y destitución de Jueces y Fiscales de todos los niveles. Como función también, el Consejo Nacional de la Magistratura elige y destituye si es el caso a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil.
También tiene como función investigar y sancionar con destitución a los vocales y fiscales supremos y a solicitud de la Corte Suprema y Junta de Fiscales, a los Jueces y Fiscales de los otros niveles cuando transgredan sus responsabilidades.

El Consejo Nacional de la Magistratura tiene la gran responsabilidad en la construcción de una administración de justicia independiente y creíble para la ciudadanía, por lo que es política e interés el constituir un organismo eficiente y eficaz, transparente en su gestión en el sector público nacional, en el que sus representantes y trabajadores no solo deben ser probos, sino que deben reflejarlo a través de su conducta con sus actos en su vida personal y en el ejercicio de sus funciones.
La Ley Nº 27815 aprobó el Código de Ética de la Función Pública, que norma la conducta de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, promoviendo la transparencia en la Administración Pública y en diseño de mecanismos transparentes, mediante reglas claras en los procedimientos administrativos.
Esta convocatoria, que obedece el mandato de la Constitución Política del Perú, en el inciso 3 del artículo 155, permitirá elegir al consejero representante de los Colegios de Abogados del Pais en votación secreta que debe buscar el mejoramiento institucional acorde con sus normas, las necesidades del país y la modernidad; el fortalecimiento de las relaciones y coordinaciones con las instituciones nacionales e internacionales, para la selección, nombramiento, ratificación y destitución de Jueces y Fiscales de todos los niveles, así como elegir y destituir si es el caso a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, en forma transparente y aceptados; la educación y formación de una cultura de valores en los Colegios de Abogados, que consideren que su participación es necesaria en la designación de sus representantes y del derecho que tienen para elegir a sus representantes.

El plan de trabajo que se presenta, basada en la realidad real y información disponible, constituye más bien una enumeración de lineamientos a considerar en la elaboración de un plan que en el mediano y largo plazo logre posicionar al Consejo Nacional de la Magistratura como un organismo de excelencia y credibilidad, trascendente para la vida democrática del Perú y referente para otras instituciones nacionales y de la región.

I. ANALISIS SITUACIONAL:

1.1 Caracterización del Consejo Nacional de la Magistratura:
a) El Título II de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, en concordancia con la Constitución Política del Perú, establece en el Artículo 4º:
Artículo 4º.- Los Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura no están sujetos a mandamiento imperativo de las entidades o gremios que los eligen. Los miembros del consejo se denominan CONSEJEROS, ejercen el cargo por un periodo de cinco años. Su mandato es irrevocable y no hay reelección inmediata de los titulares y suplentes que han cubierto el cargo en caso de vacancia, siempre que el periodo de ejercicio sea mayor de dos años continuos o alternados.
El cargo de Consejero es indelegable y para ejercerlo se presta juramento ante el Presidente saliente del Consejo, antes de que cese en el ejercicio del cargo por vencimiento de periodo.
Los consejeros son responsables por los actos que realicen en ejercicio de sus funciones. Pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del congreso adoptado por el voto de 2/3 del numero legal de sus miembros.
1.2 Diagnóstico

Definir el perfil ideal de magistrado Redefinir el ámbito del Consejo Nacional de la Magistratura que incorpore mecanismos de participación ciudadana y mayor transparencia de información en los procesos y decisiones jurisdiccionales Propiciar un mayor nivel de preparación de los postulantes a magistrados Impulsar la creación de un organismos de Coordinador Intersectorial.

El análisis FODA que contiene el Plan Estratégico Institucional (PEI), resume en cierta medida el diagnóstico del Consejo Nacional de la Magistratura:

Fortalezas:

• Ser la única entidad que la Constitución le confiere la misión de seleccionar, nombrar, ratificar y sancionar cuando corresponda a Jueces y Fiscales de todos los niveles así como elegir y remover a los jefes de la Oficina Nacional Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
• La independencia y pluralidad de procedencia de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, les permiten aplicar las normas con total transparencia sin rendir cuenta de sus actos a los integrantes de las entidades que los eligieron.
• Tener un marco legal favorable para solicitar y recopilar información, de organismos públicos, colegios profesionales y de otras instituciones, que coadyuven a la eficaz toma de decisiones en los procesos de selección, nombramiento, ratificación y destitución de
jueces y fiscales.
• El estar comprendido en el régimen de la actividad privada ha posibilitado incorporar profesionales calificados de elevada mística, que permite afrontar con eficacia las altas responsabilidades y atribuciones del Consejo.

Debilidades:
• La carencia de una base de datos y la falta de interconexión por red con las entidades a las que se les brinda el servicio, dificulta la adecuada toma de decisiones.
• Insuficientes recursos financieros provenientes de Ingresos Propios para complementar las exiguas asignaciones que hace el Tesoro Público.
• La falta de un programa de capacitación financiado para el personal técnico y profesional del Consejo Nacional de la Magistratura, no permite acceder a las últimas técnicas de gestión, informáticas y de manejo de procesos administrativos; todo lo cual puede devenir en ineficiencia administrativa.

Oportunidades:

• Eliminar la provisionalidad de Jueces y Fiscales de todos los niveles de la Judicatura.
• Lograr mayor participación de los diversos estamentos de la sociedad como gremios empresariales, profesionales, trabajadores, organizaciones y población en general en los procesos de selección, nombramiento, ratificación y destitución cuando corresponda, de
Jueces y Fiscales.
• El Congreso de la República revise y modifique la Constitución Política del Perú de 1993, de modo tal que posibilite:
a. Incorporar la Academia de la Magistratura al Consejo Nacional de la Magistratura por
ser parte de un proceso integral de capacitación y formación de Jueces y Fiscales.
b. Otorgar al Consejo Nacional de la Magistratura la facultad de realizar labores de investigación y acciones disciplinarias a Jueces y Fiscales de todos los niveles.
c. Elegir y designar a los miembros de los demás Tribunales de carácter administrativo (Fiscal, Registral y Previsional).
• Captar recursos financieros del Sistema Financiero Internacional y de Gobiernos de otros países que priorizan sus acciones y apoyo social a gobiernos que consoliden la institucionalidad democrática.
• Asimilar el desarrollo tecnológico y los sistemas de comunicaciones telemáticas en los procesos que desarrolla el Consejo Nacional de la Magistratura, de modo de alcanzar eficiencia y oportunidad en las decisiones institucionales.
• La presencia en el mercado de nuevas organizaciones especializadas en temas diversos ligados al quehacer institucional, posibilitan mayores niveles de capacitación y aplicación
de sus servicios en procesos de selección y evaluación de recursos humanos.
• Integrar de manera estandarizada, mediante el sistema de red informática, la información común de los organismos relacionados con el sistema de administración de justicia.

Amenazas:

a) Modificación constitucional de los organismos electorales.
b) Continuidad de las imprecisiones, vacíos y contradicciones en la Legislación Electoral vigente.
c) Asignación inoportuna de recursos financieros para los procesos electorales, afectando las funciones de Oficina Nacional Procesos Electorales.
d) Promulgación de legislación inadecuada para la organización de los procesos electorales.

VISION

Constituirse en el más breve plazo en una Institución sólida, segura, que irradie eficiencia, eficacia, honestidad, transparencia y justicia en sus decisiones institucionales de seleccionar, nombrar y capacitar a las autoridades civiles, administrativas y militares que ejercen la judicatura en el Sistema de Administración de Justicia, a fin de garantizar una correcta administración de justicia; así como realizar investigaciones y aplicar sanciones disciplinarias, a todas las Autoridades que administran justicia, y transgredan sus responsabilidades; contando para ello con el apoyo de las Autoridades y la ciudadanía en general.


MISION

El Consejo Nacional de la Magistratura según la Constitución Política del Perú y su Ley orgánica, es un organismo autónomo e independiente que tiene la alta misión de contribuir a mejorar la administración de justicia, la defensa de la legalidad y la plena vigencia de los derechos fundamentales de la persona, seleccionando, nombrando y ratificando a jueces y fiscales probos, idóneos, imparciales, provistos de valores éticos y morales. Así como nombrar y remover, cuando corresponda, a los Jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. También tiene como función investigar y sancionar con destitución a los Vocales y Fiscales Supremos
y a solicitud de la Corte Suprema y Junta de Fiscales, a los Jueces y Fiscales de los otros niveles cuando transgredan sus responsabilidades.


II. OBJETIVOS DEL PLAN DE TRABAJO

Objetivo General 1

Contribuir a lograr mayor credibilidad y confianza en las decisiones del Poder Judicial y Ministerio Público.

Objetivo Parcial 1

Reducir la provisionalidad en el Poder Judicial y Ministerio Público nombrando a jueces y fiscales y; restituir la confianza en la administración de justicia, separando a los jueces y fiscales de todos los niveles que no sean ratificados o que transgredan las normas u observen inconducta funcional.

Objetivo Específico 1

Nombrar, Ratificar y Destituir a jueces y fiscales del Poder Judicial y Ministerio Público.

Objetivo Parcial 2

Brindar servicios institucionales eficientes y eficaces, de modo que sus decisiones sean reconocidas por la sociedad.

Objetivo Específico 1

Optimizar los recursos de los sistemas administrativos según prioridades funcionales e institucionales.

III. PROPUESTAS

Para superar la problemática antes descrita y alcanzar los objetivos propuestos, se ha considerado prioritario:

• Gestionar ante el Congreso de la República la modificación en la Constitución para redefinir el ámbito de competencia del Consejo Nacional de la Magistratura de modo tal que permita:
a. Incorporar la Academia de la Magistratura y la OCMA al Consejo Nacional de la Magistratura.
b. Seleccionar y elegir a los miembros de todos los Tribunales Administrativos.
c. Asumir el control disciplinario de los Jueces y Fiscales de todos los niveles y realizar las investigaciones y acciones disciplinarias en el Poder Judicial y el Ministerio Público.
• Impulsar la creación de un organismo de coordinación intersectorial que posibilite implementar políticas multisectoriales de interés común de todos los organismos vinculados al Sistema de Administración de Justicia.
• Incidir en el perfeccionamiento de los reglamentos de los diferentes procesos que administra el Consejo, a fin de alcanzar en todo momento eficacia y transparencia en sus decisiones.
• Intensificar las coordinaciones con las organizaciones del sistema de administración de justicia y de otros sectores para concretar el intercambio de información y de ese modo optimizar la gestión institucional.
• Persistir en las gestiones ante el MEF para lograr los recursos necesarios que permitan el logro de las metas propuestas.
A. POLÍTICAS INSTITUCIONALES
• Lograr las modificaciones constitucionales que permitan la incorporación de atribuciones al Consejo Nacional de la Magistratura en materia de:
a) Evaluación permanente de jueces y fiscales de todos los niveles y aplicación de las sanciones a que haya lugar.
b) Selección, nombramiento y destitución, de ser el caso, de los miembros de los Tribunales Administrativos y Tribunales Militares.
c) Incorporación de la Academia de la Magistratura al Consejo Nacional de la Magistratura.
d) Selección y formulación de ternas de candidatos al Congreso de la República para nombrar a los miembros del Tribunal Constitucional.
• Promover la participación activa de la Sociedad Civil en los procesos de competencia del Consejo Nacional de la Magistratura.
• Impulsar el fortalecimiento Institucional de los organismos encargados de la Administración de Justicia, nombrando, evaluando, ratificando y destituyendo, cuando corresponda a Jueces y Fiscales de todos los niveles.
• Impulsar la creación y mantenimiento de un organismo de coordinación intersectorial entre las instituciones del Sistema de Administración de Justicia.
• Diseñar y ejecutar mecanismos de comunicación y sensibilización a la opinión pública, para difundir tanto las funciones como los logros del Consejo Nacional de la Magistratura.
• Fortalecer la coordinación con los organismos financieros internacionales y países cooperantes para la obtención de recursos que posibiliten optimizar la gestión institucional.
• Promover el desarrollo profesional y personal de los recursos humanos, modernizar la organización institucional y optimizar los procedimientos operativos y administrativos institucionales.
• Promover, mejorar e implementar el desarrollo de los sistemas y aplicaciones informáticos en las diferentes Unidades Orgánicas del Consejo a fin de optimizar la operatividad de las mismas, y las interrelaciones con las demás instituciones del sistema de administración de justicia.

Abg./Lic. Grimaldo Saturdino Chong Vásquez M.Sc.
Postulante al Consejo Nacional de la Magistratura por el Colegio de Abogados de Piura.

Sullana 13, de Enero del 2010

lunes, 1 de marzo de 2010