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lunes, 25 de enero de 2010

Las elecciones que definirán el futuro del CNM

2010: Las elecciones que definirán el futuro del CNM

Autor(a): Cruz Silva del Carpio
Perú
17-12-2009
El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) es un órgano constitucional que fue paradójicamente creado (al igual que la Defensoría del Pueblo) por la Constitución de 1993, gestada por el hoy sentenciado por vulnerar los derechos humanos, Alberto Fujimori. El CNM marcó un antes y un después en la magistratura. A partir de entonces, jueces, juezas y fiscales ya no iban ser elegidos(as) por el poder político, lo que significaba que ya no íbamos a ver desfilar diversos magistrados ante dicho poder para obtener el apoyo en la designación. Ya no.

Un CNM que además, no iba a tener una composición cualquiera, estaría integrado (tal como señala actualmente la Constitución) por diversos sectores de la sociedad civil (algo que no existe en alguna otra parte del mundo): profesores universitarios de derecho, profesionales abogados, profesionales no abogados, alguien elegido por la Corte Suprema, alguien elegido por los fiscales supremos; e incluso la posibilidad de que los sectores de empresarios y trabajadores tengan a sus representantes integrando el mencionado Consejo. Y esta composición resulta muy interesante, ya que la justicia es un tema que nos compete a todos, demasiado importante para dejárselo tan sólo a abogados y abogadas, y de efectos tan cruciales para nuestras vidas y de la sociedad, que es relevante darle una cuota de responsabilidad a más de un sector de profesionales.

¿Aniquilar al CNM?

Empero, a pesar que el CNM en los años que ha venido funcionando, ha hecho, mal que bien, un interesante papel por otorgar una de las mayores garantías a la judicatura para su independencia (la titularidad en el cargo). Luego del paso de la maquinaria de Fujimori por este poder del Estado, actualmente se oyen voces que “predestinan” el fin del CNM, de su composición plural y, en pocas palabras, de un ente externo ajeno al PJ, al MP y al poder político que esté a cargo de lo que hoy se conoce como carrera judicial y fiscal.

Así es, incluso a pesar de lo mal que nos fue en el pasado con el sistema de denominación política de la judicatura, y a pesar que se ha demostrado que su origen –la Constitución “de la dictadura”– no ha sido coherente con la forma en que después han ejercido sus funciones quienes lo integraron (recordemos que el primer CNM, a causa del recorte ilegítimo de sus funciones en el gobierno de Fujimori, renunció), ni cómo se ha ido estructurando el contenido de estas: selección, destitución y sobre todo de ratificación. Sus funciones además, han sido estructuradas por el Tribunal Constitucional y lo ha dotado de diversas garantías para la protección de la independencia y eficiencia de la magistratura.

Pero entonces, ¿por qué se pretendería aniquilar al CNM? Las razones varían: desde el ya mencionado “origen espúreo” del Consejo en la Constitución “de Fujimori” (olvidando que por algo el hoy condenado trató de acapararlo), hasta la convicción de que fue una institución creada en sí para trasgredir la independencia de la magistratura (“ahí van las cuestionables ratificaciones”). Un importante jurista nos comentó alguna vez que, en efecto, las ratificaciones parecen haber sido creadas en un inicio para separar del PJ y del MP a quienes a pesar de no tener pruebas en su contra, se sabía que le hacían el juego a la dictadura. Pero a su vez, se nos confesó que con este mismo mecanismo, se le dotó al Consejo de un arma poderosísima, siendo adecuadamente interpretada a la luz del ordenamiento jurídico nacional e internacional, para forjar un sistema de justicia con integrantes que sólo justifiquen su permanencia en el cargo en su capacidad y la idoneidad. Quienes apostamos por ello, sin duda vemos los beneficios de una ratificación de este tipo y de un CNM que integrado por diversos representantes de la sociedad civil (los y las mejores representantes, eso sí), busque la mejora de nuestro sistema de justicia.

No hay que confundir…

Con esto, no estamos diciendo que el CNM ha ejercido en todo momento, y de forma ejemplar, el propósito para el que fue creado (preservar la independencia e idoneidad de la magistratura), así como sus funciones. Hemos sido los primeras en señalar que el CNM ha tenido retrocesos en su labor (recordemos, por ejemplo, el cambio de opinión injustificada en el caso de la destitución del ex presidente de la Corte Superior de Lima). Pero de ahí, a deshacerlo todo y volver al sistema de designación que ya sabemos (ojo, lo sabemos), es altamente perjudicial. La razón de este intento ilógico, diríamos entonces, es muy sencilla y principalmente una: la nueva Ley de Carrera Judicial aprobada en noviembre del 2008 ha esclarecido el rol del Consejo, quedando en evidencia que la evaluación parcial del desempeño es una de sus principales funciones y que, por lo tanto, se consagra la evaluación externa, algo que no le parece nada bien al Poder Judicial a pesar de existir razones jurídicas y prácticas que le dicen lo contrario (¿cuándo se autoevaluó adecuadamente el PJ?). Por eso, es que se interpuso (principalmente) la demanda de inconstitucionalidad contra esta ley ante el Tribunal Constitucional (TC), de la que aún estamos esperando sentencia; en lugar de implementar todo lo necesario para que esta ley, hoy vigente, eche a andar.

A algunos no les conviene

Pero la falta de voluntad política para implementar la Ley de Carrera Judicial no es la única señal de que el PJ (y otras instancias) está retrasando el inicio de la reforma realmente estructural que, en general, pretende esta ley. A pesar de las críticas que tiene del CNM y de su labor (críticas que, hemos señalado, compartimos cuando el este ha tenido actuaciones realmente cuestionables), no se ha dicho nada trascendental, ni se ha hecho nada por aportar (a excepción de algunas importantes universidades y facultades de derecho, algunos colegios profesionales, y autoridades representantes de la sociedad civil) a la transparencia, la participación democrática y el debate público de las próximas e inminentes elecciones de 5 de los 7 integrantes actuales del CNM.

Tanto se ha quejado de él, que ahora, cuando puede hacer algo para hacer llegar a profesionales idóneos al cargo de Consejero(a), desaparece, cuando éste es el momento en que debe hablar más fuerte porque, al final, este nuevo Consejo que se formará a mediados del próximo año, es el que le proveerá de buenos(as) o malos(as) magistrados(as). Así, no sólo aporta por omisión a unas elecciones tras puertas cerradas (que ahora, por el impulso de universidades, y una interesante percepción de la ANR de esta necesidad de transparencia, está comenzando a marcar la diferencia a la realizada hace 5 años), sino que además, le hace el juego a esos otros sectores que les conviene que así sea (en medio de un escándalo protagonizado por tres supremos y la universidad Alas Peruanas). Y no sólo eso. Le hace juego también al peligro de injerencia política en el CNM, cuando, por ejemplo, no ha dicho nada ni ha tenido actitud firme en relación al proyecto de ley del gobierno, (Nº 03395/2009-PE) que pretende, inconstitucionalmente, que los(as) profesionales ya no voten directamente por quienes desean que sean sus representantes.

El proyecto propone que sean los decanos (o los(as) representantes de Decanos, como señala el dictamen de la Comisión de Justicia) quienes hagan uso exclusivo de ese derecho fundamental que ya ha sido ejercido por los profesionales. El sustento es la “injusticia numérica” de los colegios profesionales grandes sobre los colegios profesionales pequeños que nunca verían a sus candidatos llegar al cargo por falta de votos. No se tiene en cuenta que su remedio es peor que la enfermedad, ya que abre paso a la injerencia política en las elecciones de los tres representantes de los Colegios Profesionales, en lugar de apostar por la difusión amplia de la convocatoria, el debate público de los candidatos y candidatas al cargo, la presentación de las hojas de vida, las propuestas de trabajo y la posibilidad de que la sociedad civil aporte con información valiosa de los antecedentes que puedan ser relevantes para decidir el voto. Los dictámenes que han recaído sobre este proyecto de ley están pendientes de ser debatidos por el Pleno del Congreso. Diversas instituciones se han pronunciado en contra por los graves peligros e inconstitucionalidad que representa (ver: jv mail: más instituciones se suman)

Ésta es la oportunidad

Al parecer, entonces, a más de un sector le importa que el CNM haga las cosas mal: ya sea por el afán del control político, ya sea para que retornemos a las designaciones políticas que tanto daño nos hizo, ya sea para que se “demuestre” su incapacidad en el manejo de las funciones que organiza la ley de carrera judicial, o ya sea para mantener el statu quo de un sistema de justicia que pareciera cambiar mucho pero que al final sigue siendo el mismo. Es por ello que las elecciones del próximo año (que se definen ahora con las medidas de transparencia previas que se han adoptado y que deben seguir adoptándose) son trascendentales y vitales, sin exagerar, para la vida del CNM y la viabilidad de la reforma estructural que se comenzó a vislumbrar incluso ante de la CERIAJUS.

Sus nuevos(as) 5 integrantes, 2 representantes de rectores y rectoras de universidades que serán elegidos de acuerdo al cronograma publicado por la ANR, el 12 de febrero del 2010 (ver cronograma); y 3 representantes de los(as) miembros de los colegios profesionales, en junio del 2010 (elección en la que aún el CNM no ha solicitado convocatoria a la ONPE), definirán si le siguen cayendo críticas al Consejo que abonen a su supresión. Pero también podrían definir si se comienza a forjar la imagen de un CNM idóneo, responsable, que no teme destituir cuando debe hacerlo, que selecciona a los(as) nuevos(as) magistrados(as) sin vulnerar derechos humanos (recordemos la actualmente cuestionable posición del CNM en relación a la separación del Sr. Béjar que fue separado del concurso de selección de fiscales por el sólo hecho de ser invidente). Un CNM que mantiene dentro del sistema de justicia a quienes lo merecen por sus méritos, y que no olvide que representa a un sector de la sociedad civil, que si bien no está sujeto a mandato imperativo alguno, debe por ética y un sano accountability, dar cuenta de lo que viene haciendo y de las razones de tal o cual decisión. Y al final de cuentas, un CNM que no olvide que la Ley de Carrera Judicial representa un trabajo de años en pro de una reforma verdaderamente estructural, y que por eso es urgente dar pasos muy firmes para implementarla. Es este Consejo, el que debiéramos buscar en las siguientes elecciones.

¿Es posible hacerlo? Sí, pero si y sólo si se sigue bregando por la publicidad de las elecciones que ya están a la vuelta de la esquina. Hace cinco años el panorama no fue definitivamente el mejor. Hoy, la ANR ya ha publicado un reglamento de elecciones y el cronograma del proceso (al que aportaron, qué duda cabe, la iniciativa de un grupo de universidades y decanos de facultades de derecho para que esto se concrete) (ver: información en la página web de la ANR), reglamento que a pesar de tener algunas observaciones que se espera sean corregidas en la práctica y de la mejor manera (por ejemplo, no se presenta Plan de Trabajo de parte de los postulantes, el plazo para presentar las tachas es muy corto -3 días-, no se ha explicitado que habrá una presentación pública de quienes candidateen), es sin duda un paso agigantado hacia adelante, en comparación con las últimas elecciones.

No obstante, es relevante tener en cuenta también que al parecer existe al paralelo un proceso de voceado de candidaturas, cuando ninguna hasta la fecha se ha hecho oficialmente conocida ni alguna universidad ha señalado “esta boca es mía”, teniendo en cuenta que las candidaturas para estas plazas provienen sólo de las universidad (una universidad, una candidatura). Es importante que las mismas se definan ya, a fin de tenerse un tiempo razonable para conocer realmente los méritos (y deméritos, por supuesto) de los candidatos; sobre todo cuando a la par tenemos el escándalo desatado por las relaciones de la universidad Alas Peruanas. Se ha dejado un mensaje: cuidado con una red de intereses que desde las universidades puede promover a candidatos ajustados a sus propósitos en la instancia que selecciona, evalúa y destituye a todos los jueces(zas) y fiscales a nivel nacional. Así que, muy bien por lo avanzado, pero igual, por las situaciones señaladas, no hay que bajar la guardia.

LO QUE DEBEMOS SABER

Elecciones de las universidades


- Fecha en que se venció, por ley, el plazo para convocar y quién debe hacerlo: 1 de diciembre, la ANR
- Fecha en que se ha publicado el reglamento de elección: martes 15 de diciembre
- Fecha en que se ha publicado la convocatoria a estas elecciones: 15 de diciembre en La República, 17 de diciembre en la página web de la ANR
- Fecha de la elección: 12 de febrero del 2010.
- Fecha para presentar candidaturas: del 21 de diciembre al 19 de enero del 2010

- ¿Quiénes pueden ser candidatos(as)?: Los(as) profesores(as) de las universidades, particulares y nacionales (Art. 20 LOCNM), que cumplan con los demás requisitos del reglamento
- ¿Quiénes eligen al representante?: Los(as) rectores(as) de las universidades, particulares y nacionales (Art. 155 Constitución)

- Candidatos que han sido voceados (Caretas): Jorge Cumpa Reyes (ex rector de la Universidad Pedro Ruiz, Chiclayo), Jorge Benites Robles (presidente de la CONAFU y ex rector de la Universidad San Pedro de Chimbote), Mario Góngora Santa Cruz (ex rector de la Universidad San Antonio Abad, Cusco), Edwin Ortega Galarza (ex rector de la Universidad Hermilio Valdizán, Huánuco), Adán Alvarado Bermuy (ex rector de la Universidad de Tumbes), Alberto Ortíz Prieto (ex rector de la Universidad Particular de Chiclayo) y Angelmiro Montoya Mestanza (ex rector de la Universidad Nacional de Cajamarca). Más voceados (Caretas, 17/12/09): Luis Maezono (U. Agraria), Alcibíades Horna y Rolando Cornejo Cuervo (U. San Agustín de Arequipa).

- Lo que se ha publicado de los voceados: Tres de ellos (Cumpa, Góngora y Alvarado) pertenecen al Consejo de Asuntos Contenciosos de la Asamblea Nacional de Rectores (CONACUN) (ver: documento), el cual, entre otras cosas, propone las soluciones sobre las que se basa la ANR para resolver problemas de “legitimidad o reconocimiento de [...] autoridades de gobierno” de las universidades (Ley 23733, artículo 92-k-2). Por otro lado, el primero de los citados cuenta con el respaldo de la altamente cuestionada Alas Peruanas, de cuya filial en Trujillo fue vicerrector adjunto. Ortega y Ortíz, cuentan además, con denuncias por presuntos actos de corrupción (ver: fuente 1, fuente 2).


Elecciones de los y las miembros de los colegios profesionales


- Fecha en que se vence, por ley, el plazo para solicitar convocatoria (CNM) y convocar (ONPE): enero del 2010 para solicitar la convocatoria.

- Debate pendiente: la aprobación del inconstitucional proyecto de ley 03395/2009-PE, del Poder Ejecutivo.

- ¿Quiénes pueden ser candidatos(as)?: Los y las miembros de Colegios Profesionales que se encuentren “hábiles”, además, de contar con un respaldo de al menos el 5% de los miembros del Colegio al que pertenece (ese 5% en ningún caso puede ser menos de 100 personas).

- ¿Quiénes son los(as) electores(as)?: Los y las miembros que se encuentren “hábil”, y cuyos registros se encuentren conforme a los datos de su Colegio Profesional y los de la ONPE

- ¿Cómo es la votación?: Los y las miembros votan presentando sólo el DNI (con el sufragio de las últimas elecciones salvo que la expedición del DNI sea posterior) o el carné de extranjería. Quienes eligen por Colegios de Abogados pueden optar hasta por 2 candidatos(as); mientras que quienes votan por los otros colegios profesionales, hasta por 4. Quienes no voten serán sancionados(as) por su Colegio Profesional.

- Candidatos que han sido voceados: Heriberto Benítez, Fermín Chunga.



Fuente: http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=201
Facilitador: Abg./Lic. Grimaldo S. Chong Vásquez M.Sc.

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